José Francisco Figueroa gobernador constitucional del departamento de Querétaro .

Querétaro : Gobm del Estado. 1841.

Tabla de Contenido

Preliminares.

Secretaria de la jynta departamental de Queretaro.

Capitulo primero - setimo.
Primero. De los deberes y atribuciones de los Ayuntamentos conforme a la ley del 20 de marzo de 1837.
Segundo. Del lugar de los acuerdos del Ayuntamento.
Tercero. Del Presidente.
Cuarto. Restricciones del Presidente.
Quinto. De los Capilulares.
Sexto. De los procuradores.
Setimo. del Secretario.

Capitulo octavo - decimo.
Octavo. De los cabildos ordinarios.
Noveno. De los cabildos extraordinarios.
Decimo. De la division de los cuarteles.

Capitulo undecimo. De las comisiones.

Capitulo duodecimo - decimoquinto.
Duodecimo. De las discusiones.
Decimocuarto. Ceremonial.
Decimoquinto. Asistencias pùblicas.

Capitulo decimosexto - vigesimo.
Decimosexto. del depositario de propios y arbitrios y de la Administracion de estos fondos.
Decimosetimo. De los oficiales de la secretarìa.
Decimooctavo. De la Secretarìa Municipal de la Villa de S. Juan del Rio.
Decimonono. De los debeles ò porteros.
Vigesimo. Prevenciones generales.