XLII. Del amor de la patria, y de su necesaria dependencia de la sabiduría de las leyes y del Gobierno.
XLIII. Apéndice al Capítulo anterior.
XLIV. De los medios que la Legislación debe emplear para introducir, establecer, extender y fortificar la pasión de la gloria.
XLVI. Objeción.
XLVII. De las verdaderas causas por las cuales las riquezas han sido, son y pueden ser las rompedoras de los pueblos.
XLVIII. De la ausencia de estas causas en un pueblo en que haya adoptado el Sistema Legislativo que forma objeto de esta obra
Parte tercera de las leyes relativas a la instrucción publica.
XLIX. De la influencia de la instrucción pública sobre la virtud y sobre la felicidad de los pueblos.
L. De los auxilios que la instrucción pública vendrá a recibir de las otras partes de este Sistema Legislativo.
LI. De los auxilios que la instrucción pública deberá recibir de esta parte de la Legislación…
LII. De las Academias Científicas.
II. Idea general de los bienes que el Legislador debe buscar en la religión
III. Idea general de los males que el Legislador debe evitar en la religión.