Informe que acerca de los sistemas penitenciarios rinde ante el Supremo Gobierno de la República Mexicana / [por] E. C. Wines.

México: Impr. del Gobierno, 1873.


Tabla de Contenido


Preliminares.

Informe. Introducción.

Primera parte. Estado actual de las prisiones.

Capítulo I. Sistemas de prisiones.
Austria.- Francia.

Alemania.- Noruega.
Rusia.- Suecia.
Estados Unidos.- Irlanda.

Capítulo II. Administración de las prisiones.
Austria.- Wrutemberg.

Italia.- Inglaterra e Irlanda.

Capítulo III. Disciplina de las prisiones.
Austria.- Italia.

México.- Irlanda.

Capítulo IV. Medios religiosos y morales.

Capítulo V. Educación escolar.

Capítulo VI. Trabajos de las prisiones.
Austria.- Rusia.

Suecia.- Inglaterra.

Capítulo VII. Condiciones sanitarias de las prisiones.
Austria.- Francia.

Alemania.- Irlanda.

Capítulo VIII. Resultados reformatorios.

Capítulo IX. Empleados de las prisiones, sus cualidades y educación.

Capítulo X.- XI.
X. Sentencias.

XI. Prision por deudas.

Capítulo XII. Causas del crimen.

Capítulo XIII. Austria.

Capítulo XIV.
Parte 1.

Parte 2.

Capítulo XV. Casas de reforma para jóvenes.
Dinamarca.- Estados-Unidos.

Inglaterra.

Capítulo XVI. Condicion de las prisiones en las posesiones inglesas.

Segunda parte. Trabajos del Congreso.

Introducción.- Cap. XVII.
Introducción.

Capítulo XVII. El preso después de la aprehensión y antes de la convicción.

Capítulo XVIII. El proceso durante su encarcelamiento.

1.-4.
1. El maximum de presos que debe haber en una prisión.

2. Clasificación de los presos.
3. Hasta donde puede la legislación regular la dirección de las prisiones.
4. De si deben adoptarse los azotes como castigo disciplinario.

5.- 11.
5. Clases y límite de la instrucción conveniente a la reforma de los presos.

6. De si es útil en ciertos casos emplear el encarcelamiento…
7. De si son útiles las sentencias a perpetuidad.
8. De si los presos reincidentes deben sujetarse a un tratamiento más severo.
9. ¿Cuál debe ser el máximo de un encarcelamiento que no sea perpetuo?
10. De si la prisión debe ser uniforme en su naturaleza…
11. Trabajos de las prisiones penal e industrial.

Capítulo XIX. Los presos después de su libertad.

Capítulo XX. Puntos mixtos.

Capítulo XXI.- XXII.
XXI. Trabajos preventivos y reformadores.

XXII. Sistemas penitenciarios.

Capítulo XXIII. Sesión de clausura del Congreso.

Tercera parte.

Introducción.
Capítulo XXIV. Presos y su reforma.

Capítulo XXV. Castigos acumulativos.
Capítulo XXVI. Tratamiento de los presos.
Capítulo XXVII. Organización de la política preventiva.
Capítulo XXVIII. Crímenes por pasion, y crímenes por reflexión.
Capítulo XXIX. John Howard.
Capítulo XXX. Prision de Gante.

Cuarta parte. Resultados de las observancias personales de los comisionados…

Introducción.- Cap. XXXII.
Introducción.

Capítulo XXXI. Observaciones personales de cárceles y casas reformadoras en Inglaterra e Irlanda.
Capítulo XXXII. Cárceles y reformatorios de Inglaterra.

Capítulo XXXIII.- XXXVI.
XXXIII. Prisiones y reformatorios de Suiza.

XXXIV. Prisiones de Alemania.
XXXV. Cárceles de Italia.
XXXVI. Prisioneros y reformatorios de Bélgica.

Capítulo XXXVII.- XXXVIII.
XXXVII. Cárceles y reformatorios de Holanda.

XXXVIII. Prisiones y reformatorios de Francia.

Quinta parte. Lecciones.- Consejos.- Recomendaciones.

Capítulo XXXIX.- Índice.
XXXIX. Conclusión.

Índice.