I. Del contrato de fletamento.
II. De los derechos y obligaciones del fletante.
III. De las obligaciones del fletador.
IV. De la rescisiòn total ò parcial del contrato de fletamento.
V. De los pasajeros en los viajes por mar.
VI. Del conocimiento.
VII. Del contrato à la gruesa ò prèstamo à riesgo marìtimo.
VIII. De los seguros marìtimos.
IX. De las cosas que pueden ser aseguradas y su evaluaciòn.
X. Obligaciones entre el asegurador y asegurado.
XI. De los casos en que seanula, rescinde ò modofica el contrato de seguro.
XII. Del abandono de las cosas aseguradas.
I. Disposiciones generales.
II. De la clasificaciòn de las quiebras.
III. De los efectos del estado de quiebra.
IV. De la època de la quiebra.
V. Del convenio de los quebrados con su sacreedores.
VI. De la graduaciòn.
VII. De la rehabilitaciòn.
VIII. Disposiciones generales relativas à las quiebras en las sociedades mercantiles.
IX. De las quiebras de las compañias y empresas de ferrocarriles y demàs obras pùblicas.
I. Del procedimiento especial mercantil.
II. De la personalidad de los litigantes.
III. De las formalidades judiciales.
IV. De las notificaciones.
V. De los tèrminos judiciales.
VI. De las formalidaes judiciales.
VII. De las costas.
VIII. De las competencias.
IX. De los impedimentos, recusaciones y excusas.
X. Medios preparatorios del jucio.
XI. De las providencias precautorias.
XII. Reglas generales sobre la prueba.
XIII. De la confesiòn.
XIV. De los instrumentos y documentos.
XV. De la prueba pericila.
XVI. Del reconocimiento ò inspecciòn judicial.
XVII. De la prueba testimonial.
XVIII. De la fama pùblica.
XIX. De las presunciones.
XX. Del valor de las pruebas.
XXI. De las tachas.
XXII. De las sentencias.
XXIII. De la aclaraciòn de sentencia.
XXIV. De la revocaciòn.
XXV. De la apelaciòn.
XXVI. De la casaciòn.
I. Disposiciones generales.
II. Del aseguramineto de bienes.
III. De la rectificaciòn de crèditos.
IV. De la liquidaciòn judieial.
V. Del abandono de activos.
VI. Del concurso necesarìo.