Primera. Deberes Relativos al Caso de que en el Estado Haya Exclusivamente Religiones Falsas.
Segunda. Deberes del Gobierno con Relación al Culto, Cuando en el Estado se Profesan Muchas Religiones, y Entre Ellas la Verdadera.
Tercera Parte. Deberes de los Gobiernos, cuando en el Estado no hai mas religiones que la Verdadera, o Aplicaciones de los Principios en Materia de Tolerancia al Estado Político y Religioso de la Republica Mejicana.